Si estás pensando Colegiarte, estamos deseando darte la bienvenida.
Recuerda que debes cumplir con lo establecido en la Ley 34/2006 de Acceso a la Profesión de Abogado.
Documentación EJERCIENTES
- Fotocopia del Título de Grado en Derecho, del Máster de Acceso a la Abogacía y del Apto del examen de acceso.
- Certificado de Antecedentes Penales (Si se reside en Cantabria, se puede obtener en la Gerencia de Justicia).
- 1 Fotografía tamaño D.N.I. (Hombres con corbata).
- 1 Fotocopia del D.N.I.
Documentación NO EJERCIENTES
- Fotocopia del Título de Grado en Derecho, del Máster de Acceso a la Abogacía y del Apto del examen de acceso.
- Certificado de Antecedentes Penales (Si se reside en Cantabria, se puede obtener en la Gerencia de Justicia).
- 1 Fotografía tamaño D.N.I. (Hombres con corbata).
- 1 Fotocopia del D.N.I.
Documentación ABOGADOS PROVENIENTES DE OTRO COLEGIO
- Certificado de estar incorporados en el Colegio de origen.
- Certificado del Consejo General de la Abogacía Española, que a esos efectos debe solicitar en dicho Colegio de origen.
- Certificado de Antecedentes Penales (Si se reside en Cantabria, se puede obtener en la Gerencia de Justicia).
- 1 Fotografía tamaño D.N.I. (Hombres con corbata).
- 1 Fotocopia del D.N.I.
PREGUNTAS FRECUENTES
Las cuotas colegiales se comunican anualmente mediante circular. Actualmente son 67€ al cuatrimestre y 200 € semestrales por los seguros colegiales.
La cuota no se empezará a cobrar hasta enero del año siguiente a su formalización. Ejemplo: si un profesional se colegia en marzo de 2022, no recibirá el cargo de su cuota hasta enero de 2023.
En ella están incluidos los importes de los Seguros Colegiales Responsabilidad Civil y Vida.
No se incluyen la Mutualidad o el Régimen Especial de Trabajador Autónomo, sistemas de previsión social entre los que, en cualquier caso, el Letrado ejerciente debe elegir y acreditar ante el Colegio.
Una vez colegiado, el Colegio procederá a girar las cuotas y seguros en la cuenta indicada por el colegiado en la colegiación.