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Fines del Colegio de la Abogacía de Cantabria
(art. 4 del Estatuto de ICA Cantabria)

Son fines esenciales del Ilustre Colegio de la Abogacía de Cantabria, la ordenación del ejercicio profesional, su representación exclusiva en defensa de los derechos e intereses profesionales de los colegiados y colegiadas, la formación profesional permanente de s u s m ie m b ro s , el control deontológico y la aplicación del Régimen Disciplinario en garantía de la sociedad, la defensa del Estado social y democrático de Derecho proclamado en la Constitución, la promoción y defensa de los Derechos Humanos y la colaboración en el funcionamiento, promoción y mejora de la Administración de Justicia.

Igualmente, son fines esenciales del Colegio la protección de los intereses de los consumidores y usuarios, tanto en relación con los servicios que preste directamente como en los que lleven a cabo los colegiados y colegiadas. A los efectos de cubrir estos fines el Colegio dispondrá de un servicio de atención a los consumidores y usuarios el cual tramitará y resolverá las quejas y reclamaciones o, en su caso, las remitirá para su resolución a la Junta de Gobierno.

Y los demás que contempla el Estatuto General de la Abogacía Española y la normativa Estatal y autonómica, en su caso de aplicación.

Funciones del Colegio de la Abogacía de Cantabria
(art. 5 del Estatuto de ICA Cantabria)
Son funciones del Colegio de la Abogacía de Cantabria en su ámbito territorial:
  • a) Aprobar su propio Estatuto y reglamentos de régimen interior, así como sus modificaciones posteriores.
  • b) Ostentar la representación y la defensa de la profesión de la abogacía ante la Administración, Instituciones, Tribunales, entidades y particulares con legitimación para ser parte en cuantos litigios y causas afecten a los derechos e intereses profesionales y a los fines de la abogacía; ejercitar las acciones penales, civiles, administrativas o sociales que sean procedentes, así como ejercer el derecho de petición conforme a la Le
  • c) Organizar y promover actividades y servicios comunes de carácter profesional, formativo, cultural, asistencial, de previsión y análogos, de interés para los profesionales de la abogacía que se ajustarán, en todo caso, a la normativa reguladora en la materia respecti
  • d) Elaborar y aprobar sus presupuestos, así como establecer y exigir los recursos económicos de los que hayan de dotarse y, en su caso, las cuotas a sus miembro
  • e) Elaborar criterios a los exclusivos efectos de la tasación de costas y de la jura de cuentas de los profesionales, de acuerdo a lo establecido en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 2/1974 de 13 de febrero, de Colegios Profesionales.
  • f) Informar en los procedimientos administrativos o judiciales en que se discutan cualesquiera cuestiones profesionales cuando sean requeridos para ello o cuando se prevea su intervención con arreglo a la legislación vigen
  • g) Informar en los respectivos ámbitos de competencia, de palabra o por escrito, en cuantos proyectos o iniciativas de los Parlamentos o de órganos legislativos o ejecutivos de carácter estatal y/o autonómico y de cuantos organismos así lo requieran.
  • h) Colaborar con el Poder Judicial y los demás poderes públicos mediante la realización de estudios, emisión de informes y otras actividades relacionadas con sus fines que les sean solicitados o acuerden por su propia ini
  • i) Ejercer las acciones que las Leyes establezcan para evitar el intrusismo y la competencia desleal entre los profesionales, sin perjuicio de las actuaciones de inspección o sancionadoras que correspondan a las Administraciones Públic
  • j).- Ejercer en el orden profesional y colegial la potestad disciplinaria sobre los colegiados y colegiadas que incumplan las prescripciones legales, deontológicas u otras corporativas.
  • k) Organizar y gestionar los servicios de asistencia jurídica gratuita y cuantos otros de asistencia y orientación jurídica puedan estatutaria o legalmente crears
  • l) Participar en materias propias de la profesión en los órganos consultivos de la Administración, así como en los organismos interprofesionales.
  • m) Promover la representación de la abogacía en los Consejos sociales y patronatos universitarios, en los términos establecidos en las Normas que los regulen.
  • n) Participar en la elaboración de los planes de estudios, informar de las normas de organización de los centros docentes correspondientes a la profesión, mantener permanente contacto con los mismos, y crear, mantener y proponer al Consejo General de la Abogacía Española la homologación de Escuelas de Práctica Jurídica y otras medidas para facilitar el acceso a la vida profesional de los nuevos titulados y tituladas y organizar cursos para la formación y perfeccionamiento profesional.
  • ñ) Emitir los informes que se requieran por el Gobierno de Cantabria, en relación con las disposiciones generales que se refieran a la profesión colegiada de la Abogacía.
  • o) Procurar la armonía, igualdad y colaboración entre los profesionales de la Abogacía de Cantabria.
  • p) Intervenir, previa solicitud, en vías de conciliación, mediación, arbitraje o cualquier método alternativo de solución de conflictos, en las cuestiones que por motivos profesionales se susciten entre los colegiados y colegiadas o entre éstos y sus clien
  • q) Ejercer funciones de arbitraje en los asuntos que les sean sometidos, así como promover o participar en instituciones de arbitraje.
  • r) Cumplir y hacer cumplir a los colegiados y colegiadas las leyes generales y especiales y el Estatuto colegial, así como todas las normas y decisiones acordadas por los órganos colegiados.
  • s) Todas aquellas funciones que, delegadas por la administración competente, sean aceptadas por el Colegio.
  • t) Cuantas funciones redunden en beneficio de la protección de los consumidores y usuarios y de los servicios de sus colegiados.
  • u) Atender a las solicitudes de información sobre sus colegiados y colegiadas y sobre las sanciones firmes a ellos impuestas, con respeto a las normas que regulan la protección de datos de carácter personal, así como las peticiones de inspección o investigación que les formule cualquier autoridad competente de un Estado miembro de la Unión Europea en los términos previstos en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, en particular, en lo que se refiere a que las solicitudes de información y de realización de controles, inspecciones e investigaciones estén debidamente motivadas y que la información obtenida se emplee únicamente para la finalidad para la que se solicitó.
  • v) Impulsar y desarrollar la medición y arbitraje como método alternativo de resolver conflictos.
  • w) Todas las demás funciones que estando amparadas por el Ordenamiento jurídico tiendan a la defensa de los intereses profesionales y al cumplimiento de los objetivos colegial
Normativa de aplicación

Estatuto del Colegio de  la Abogacía de Cantabria, aprobado por la Junta General Extraordinaria (JGE) celebrada el día 21 de junio de 2002.

Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo. 

Código Deontológico.

Estructura organizativa

ARTÍCULO 33.-Naturaleza y atribuciones del Decanato (Estatutos ICA Cantabria pág. 40)

ARTÍCULO 34.- De la naturaleza y composición de la Junta de Gobierno (Estatutos ICA Cantabria pág. 41)

ARTÍCULO 35.- De las atribuciones de la Junta de Gobierno (Estatutos ICA Cantabria pág. 42)

ARTÍCULO 36.- Nombramiento de Delegados y Delegadas (Estatutos ICA Cantabria pág. 45)

Organigrama, comisiones e identificación responsables
Organigrama, comisiones e identificación responsables
INFORMACIÓN ECONÓMICA

Esta información es accesible para los colegiados y colegiadas de ICA Cantabria a través del Área Reservada.

Convenios y encomiendas de gestión 

Expedientes de nacionalidad

Catastro

Agencia Tributaria

Subvenciones y ayudas públicas

El Colegio no concede ayudas ni subvenciones públicas.

Informe anual de gestión económica

Memoria anual

Gastos de personal

Cuotas

Información procedimientos informativos y sancionadores

Reclamaciones y quejas de ciudadanos y organizaciones representativas

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LISTADO DE
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