¿Qué debo hacer si considero que el asunto es insostenible?
Una vez efectuado el nombramiento de abogado del turno de oficio, y recibida la designación por parte del mismo, éste deberá ponerse en contacto inmediato con su cliente.
En el plazo de 15 días el letrado deberá valorar la insostenibilidad o no de la defensa encomendada y, en su caso, formular la insostenibilidad ante la la Dirección General de Justicia, Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de la misma si así lo entendiera, pues de lo contrario quedará obligado a actuar en defensa de los intereses de su cliente. La solicitud, consiste en un escrito fundamentando los motivos y acompañando la documentación necesaria para su valoración.
¿Qué debo hacer si el cliente no me facilita la documentación?
Si el cliente no facilita la documentación para el estudio y preparación de la defensa, el abogado ha de solicitar la interrupción del plazo previsto para formular la insostenibilidad mediante escrito presentado ante la Dirección General de Justicia, Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita solicitando se requiera al interesado para que la aporte en el plazo de diez días.
Si el interesado entrega la documentación ante la comisión ésta la remitirá al abogado reanudándose el plazo para formular la insostenibilidad, sino por la comisión se archivará la solicitud
De esta circunstancia el letrado debe informar al juzgado o tribunal que conoce del asunto a fin de que acuerde la suspensión de los plazos procesales.

