El Grupo de Trabajo para la revisión del Decreto 27/2023 de 27 de abril de Asistencia Jurídica Gratuita en Cantabria integrado por el Gobierno y los Colegios de Procuradores y Abogacía mantendrá una reunión en la mañana del lunes 29.
La creación de este Grupo se acordó en la entrevista mantenida entre la Consejera y el Director General de Justicia con el Decano del Colegio de la Abogacía el pasado 21 de agosto, en la que los representantes del Gobierno se comprometieron a abordar una revisión del Decreto que regula la asistencia jurídica gratuita en Cantabria, a fin de mejorar y simplificar los trámites administrativos tanto de los profesionales como del propio Colegio y abordar un incremento de los módulos de indemnización contenidos en el baremo.
La dignificación de la prestación de este servicio por parte de la abogacía ha sido una reivindicación permanente por parte del Colegio. Tras el compromiso asumido por la Consejera, y a través de la puesta en marcha del Grupo se pueda alcanzar el objetivo de mejora de las condiciones y el incremento sustancial de las indemnizaciones.
En Cantabria, 533 profesionales de la abogacía estuvieron adscritos al Turno de Oficio en 2022. El dato supone el 44,90% de los abogados ejercientes en la Comunidad.
A día de hoy la retribución que un profesional de la abogacía percibe en Cantabria por sus servicios en un asunto de este tipo baja hasta los 135,60 euros por lo que el Decano del Colegio de la Abogacía, Andrés De Diego, trasladó a en agosto a la Consejera “la necesidad urgente abordar la mejora sustancial de la retribución de los Abogados y Abogadas que prestan este servicio mediante la reforma inmediata del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita.”
Igualmente, reclamó la reforma de la parte normativa del Reglamento que tal y como admitió la Consejera, nació en la pasada legislatura ya “obsoleto y caduco”.
Los 533 profesionales que prestan este servicio en Cantabria garantizan el derecho constitucional a la asistencia letrada al detenido, a las víctimas de violencia, menores y extranjeros, así como la tutela judicial efectiva a través de la defensa en los Procedimientos que se siguen ante los Juzgados y Tribunales frente a los ciudadanos que carecen de recursos económicos según establece el artículo 119 de la Constitución Española.